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Oportunidades de financiamiento para el Siglo XXI (página 2)



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Titularización

Las condiciones económicas por las que atraviesa
el mundo capitalista en los últimos tiempos, producto de
acoplamientos internacionales en la materia, han producido
descompensaciones en diferentes generadores de esta actividad que
se ven reflejados en las entidades locales que no son capaces de
cumplir con sus planes de desarrollo debido al desfinanciamiento
por causa entre otras de la crisis financiera mundial. Esta
situación lleva a que los agentes ajusten sus niveles de
consumo, inversión y gastos, reduciendo la capacidad de
los mismos y por ende disminución en los ingresos para los
entes.

El dinero es un recurso escaso, por lo que la
obtención de efectivo en el corto plazo puede resultar
difícil y muy costosa para la mayoría de entes
locales, si se recurre exclusivamente al mercado de dinero (la
banca comercial), como fuente de financiamiento. El costo de los
recursos y la fuente de estos recursos, son los aspectos
más relevantes a la hora de desarrollar cualquier
proyecto, por eso los gobiernos deben ser cada vez más
selectivos y recursivos en la búsqueda de fuentes
económicas. El mercado de valores ofrece la
titularización de activos como una salida para el
cumplimiento de los diferentes programas previsto en los planes
de gobierno.

Proceso
histórico en América

La titularización se inició en la
década de los 70 en Estados Unidos, en Europa se
implementó en la década de los ochenta, iniciando
en Inglaterra, Francia y España. En Inglaterra, se inicia
con la titularización de cartera hipotecaria a
través de la figura de las sociedades especializadas de
objeto social único. Las hipotecas objeto de
titularización son aquellas que generan intereses
mensuales, teniendo amortizaciones del capital al final de la
vida de la hipoteca. El desarrollo de la titularización se
vio favorecida por un ambiente regulatorio y legal amplio. Hay un
gran desarrollo al punto que se está a la vanguardia en el
total de emisiones efectuadas bajo el sistema de
titularización frente a los demás países
europeos.

En Suramérica, Argentina y Brasil comenzaron el
proceso en el año 2000, y en Colombia se empieza a
encontrar el mecanismo de la titularización en 1955, con
la ley 50 que estableció la posibilidad de emitir
cédulas y títulos representativos de derechos sobre
inmueble, mecanismo que no tuvo acogida.

EN COLOMBIA

El sector financiero en Colombia está regido por
los mercados de dinero y los mercados de capitales (valores). El
mercado de dinero lo ofrecen los bancos comerciales, con
aceptación de corto plazo y los mercados de capitales que
están integrados por una serie de participantes que,
compra y vende acciones e instrumentos de crédito con la
finalidad de que los financistas cubran sus necesidades de
capital y los inversionistas coloquen su exceso de capital en
negocios que generen rendimiento.

Según la Superfinanciera en el mercado de valores
en Colombia encontramos:

Aceptaciones Bancarias, Bonos Ordinarios, bonos
convertibles en acciones (BOCEAS), Bonos Públicos, Bonos
de Garantía General, Bonos de Garantía Especifica,
Certificado de Depósito a Término (CDT), Papeles
Comerciales, Títulos de Tesorería (TES),
Títulos de Devolución de Impuestos (TIDIS) y
Titularizaciones.

La titularización de activos se constituye en una
de las oportunidades de financiamiento que puede ser utilizada
por los gobiernos locales para el desarrollo de sus proyectos. El
proceso ha tenido en nuestra historia proyectos importantes de
desarrollo y nos permitirá para esta investigación,
hacer un análisis de la titularización de activos
como fuente de financiamiento de las entes locales, el alcance de
este proceso en el mercado de Valores Colombiano, sus ventajas
comparativas frente al financiamiento de la Banca Comercial, y
aspectos legales que la rigen, los bienes objeto de
titularización, partes que intervienen en el transcurso y
en general toda la información necesaria, que complementan
y ayudan a dar una visión clara del asunto.

Los procesos de titularización podrán
iniciarse a partir de la conformación de fondos o
patrimonios con sumas de dinero destinadas a la
adquisición de cualquiera de los bienes; sólo en
los procesos de titularización efectuados para el
desarrollo de obras públicas, se podrán utilizar
proyecciones de flujos futuros como base de la
estructuración del proceso.

En este proceso interviene un originador, aquel que
transfiere los bienes; el agente de manejo quien recauda los
recursos provenientes de la emisión; la administradora,
entidad encargada de la custodia de los bienes, y la colocadora,
entidad facultada para actuar como suscriptor.

Es importante mencionar que en el esquema de
financiamiento colombiano existen de corto y largo plazo; los
primeros se utilizan principalmente para solventar pasivos
menores a un año, su principal fuente es espontánea
y su ofrecimiento esta dado por la banca comercial, en cuanto al
segundo tipo están dirigidos a desarrollar grandes
proyectos o activos de largo plazo y sus principales fuentes de
financiamiento son la banca comercial y el mercado de capitales,
siendo la fuente más barata.

Es una fuente de financiamiento a largo plazo que
permite a una empresa transformar sus activos o bienes
generadores de flujos de ingresos, actuales o futuros, en valores
negociables en el mercado de valores, posibilitando la
obtención de liquidez en las mejores condiciones por costo
financiero.

La posibilidad de estructurar procesos de
titularización genera una nueva dimensión en las
opciones de fuentes de recursos no intermediados para las
compañías. Lo anterior representa la posibilidad de
obtener liquidez a muy bajo costo, puesto que los recursos
financieros provienen directamente del público
inversionista. Sobre el particular, es importante anotar que,
según estudios de la Superintendencia Superfinanciera
basados en los procesos de titularización aprobados, los
costos y gastos generados en estos procesos representan tan solo
el 1.88% del valor de la emisión.

Adicionalmente, la titularización permite adecuar
la estructura financiera del originador a sus propias
necesidades, bien sea disminuyendo su nivel de endeudamiento o
reduciendo sus niveles de activos fijos o improductivos para
asignar su valor al capital de trabajo o a invertir en nuevos
proyectos.

Otro aspecto importante, es facilitar a las empresas la
obtención de beneficios adicionales producto de la
aceleración de flujos de caja con la consecuente
reducción del costo de capital e incremento de su
capacidad de expansión o crecimiento. Lo anterior es
altamente provechoso para los procesos de reconversión
industrial y reestructuración de empresas.

En un país como Colombia, es indispensable contar
con alternativas de bajo costo para la financiación de
proyectos de infraestructura y de servicios públicos. Bajo
esta premisa, la titularización se convierte en un esquema
ideal para proveer de recursos a estos proyectos, mediante
modalidades que se ajusten a sus necesidades específicas
de plazo, costo y demás características
financieras.

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO

Los procesos de titularización pueden conformarse
mediante la transferencia de bienes o activos para constituir con
ellos un patrimonio autónomo, mediante un contrato de
fiducia mercantil irrevocable. Esta es la práctica
utilizada para la estructuración de procesos de
titularización en Colombia. Así mismo, se puede
iniciar una titularización a partir de la
constitución de fondos o patrimonios con sumas de dinero
destinadas a la adquisición del bien o activo objeto de la
titularización.

La normatividad actual contempla también la
posibilidad de generar nuevos títulos valores emitidos por
fondos de valores administrados por sociedades comisionistas de
bolsa o por fondos comunes administrados por sociedades
fiduciarias.

El Originador, es quien transfiere los bienes o activos
base del proceso de titularización, pueden personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. El
originador no se requiere para los casos de titularizaciones
estructuradas a partir de fondos. El Agente de Manejo, es el
vocero del patrimonio autónomo. Se encarga de recaudar los
recursos provenientes de la emisión y se relaciona con los
inversionistas en virtud de tal vocería, de acuerdo con
los derechos incorporados en los títulos. El agente de
manejo debe velar por el manejo seguro y eficiente de los
recursos que ingresen al patrimonio.

Un punto importante a tener en cuenta, es que cuando el
originador se encuentre vinculado con el agente de manejo, se
debe nombrar a una persona independiente para que actúe
como representante de los tenedores de los títulos, con el
fin de evitar un posible conflicto de interés.

El Administrador, es la entidad encargada de la
administración, custodia y conservación de los
activos o bienes objeto de la titularización, así
como del recaudo y transferencia al agente de manejo de los
flujos provenientes de dichos activos o bienes.

Pueden actuar como administrador de una
titularización el originador de la misma, el agente de
manejo o una persona diferente. Sin embargo, la actuación
del administrador no exonera al agente de manejo de su
responsabilidad en la realización diligente de los actos
necesarios para la consecución de la finalidad perseguida
en el proceso de titularización.

El colocador, es la entidad que, facultada por su objeto
social, puede actuar como suscriptor profesional o underwriter de
una emisión. Aunque la existencia de esta entidad no es
indispensable en un proceso de titularización, puesto que
el mismo agente de manejo puede efectuar directamente la
colocación de los títulos en el mercado, se
considera que la actuación de un underwriter puede
asegurar el éxito del proceso.

Los títulos emitidos en desarrollo de procesos de
titularización, tienen las prerrogativas de los
títulos valores. Lo anterior significa que deben mencionar
el derecho que incorporan y la firma de quien los crea.
Además, deben inscribirse en el Registro Nacional de
Valores e Intermediarios y ser susceptibles de ser colocados
mediante oferta pública.

En cuanto a la ley de circulación, estos valores
pueden ser nominativos o a la orden. En los procesos de
titularización es factible emitir tres modalidades de
títulos:

1) Títulos corporativos o de
participación: En los que el inversionista adquiere una
parte alícuota del patrimonio autónomo o fondo y
participa de las utilidades o pérdidas que éste
genere. Se asimilan a títulos de renta variable y se
encuentran normalmente referenciados en unidades de
participación. Pueden ser redimidos antes de la
extinción del patrimonio autónomo o fondo, debido a
la liquidación de parte de sus activos o
bienes.

2) Títulos de contenido crediticio: Incorporan
derechos a percibir la cancelación del capital y de los
intereses de acuerdo con las condiciones señaladas en el
título. Se asimilan a los títulos de renta fija y
los activos que conforman el patrimonio autónomo respaldan
el pasivo con los inversionistas.

3) Títulos mixtos: Es la mezcla de los dos
anteriores. Esto es, que pueden contemplar una rentabilidad
mínima o una máxima o las dos. También
pueden incorporar derechos de participación y ser
amortizables.

TITULARIZACIÓN EN COLOMBIA

Cuando se titulariza un bien inmueble destinado a
garantizar proyectos de obra pública, los títulos a
emitir representan un derecho sobre la propiedad y no le otorga
el derecho del uso, sino de rendimientos. El gran objetivo de
titularización de inmobiliaria consiste en poder convertir
en financiero o flujo de caja, por ser inmueble, permite
recuperar el dinero que se tienen invertido en un inmueble o que
proyecta realizar una obra, sin perder la posibilidad de usarlo,
es decir, continuando con el derecho de uso exclusivo y
ejerciendo por tanto la propiedad.

De otra parte la titularización inmobiliaria
incluye la posibilidad de estructurar procesos a partir de
proyectos inmobiliarios. En este caso, el patrimonio
autónomo está conformado por el lote en que se
construirá el inmueble, los estudios técnicos y de
factibilidad financiera, y el presupuesto de costos del proyecto.
Esta figura constituye una interesante alternativa para la
reducción de costos financieros en la construcción
inmobiliaria y para facilitar la comercialización de
proyectos.

La titularización de obras de infraestructura y
servicios públicos. En esta modalidad, el patrimonio
autónomo se conforma a partir de la existencia de flujos
futuros de fondos, los cuáles pueden ser: Determinados con
bases en estadísticas de los 3 años inmediatamente
anteriores ó determinables con apoyo de proyectos de 3
años. Estas titularizaciones pueden corresponder a obras
específicas o a fondos de obras de infraestructura y de
servicios públicos cuyos recursos se destinen a este tipo
de proyectos. En razón a los elevados montos y plazos
requeridos en estas obras, es de esperarse que en un principio se
encuentren orientados estos procesos de titularización a
ser ofrecidos simultáneamente en el mercado nacional y en
mercados extranjeros, y para que esto se pueda llevar a cabo se
necesitara ofrecer una rentabilidad que sea atractiva a
inversionistas extranjeros.

De la década de los noventa a nuestra fecha es
importante la titularización de bienes inmuebles, donde
intervinieron originadores como los bancos . Aspecto que
demuestran que las entidades que buscaban liquidez mediante sus
patrimonios conformados por inventarios de bienes inmuebles y
poco efectivo, cambiaron esos inmuebles por dinero efectivo que
provino de instituciones como los fondos de pensiones y
cesantías, es un claro ejercicio de administrar sus
bienes.

A pesar que la titularización de inmuebles y de
activos principales en el sector público son muy escasas,
quizás las falencias obedecen a las creencias que poseen
los administradores públicos locales en los
trámites, solicitudes, autorizaciones y requerimientos
para su consideración, como la falta de emprendimiento,
cultura financiera y popular para su aplicabilidad. Por ello, la
difusión y publicidad del proceso por parte de entes tanto
públicos y privados en esta alternativa de financiera que
ofrece el mundo actual, como medida de rompimiento a las murallas
que se encuentran en todas las entidades públicas locales,
permitirá la posibilidad de una fuente dinámica de
financiamiento para programas y proyectos en infraestructura
física, en servicios, entre otros.

Una de las ventajas más importante en la
titularización de cualquiera de sus formas es el bajo
costo de accesibilidad sobre el mercado financiero o bancario,
por grado de intermediación, mientras que la
financiación a través del mercado de capitales que
tan solo obedece a bajos costos en comisiones, otra hace
referencia a que no afecta la capacidad de pago, ni la parte
contable de las finanzas de los entes locales, tal medida
permitirá financiarse fuera del balance o lo que se
denomina OFF-BALANCE.

Este instrumento que ofrece el mercado de capitales,
posibilitan que los entes locales desplieguen proyectos en
infraestructura como impulso al desarrollo de su comunidad. Esta
herramienta poco ha sido utilizada por los entes locales debido a
que los administradores públicos desconocen las
bondades.

Se espera que los administradores públicos con
este trabajo, incluyan en su horizonte financiero este elemento
importante para realizar diferentes programas en especial los
proyectos de infraestructura en obras prioritarias y opten por
obtener recursos de algunos activos inmobiliarios que tan solo
les producen gastos.

La titularización tendrá un papel
protagónico en los próximos años, tanto por
su sofisticación como por los volúmenes de
negociación. Es allí donde se encontrará que
esta figura contribuya en buena parte a lograr la tan deseada
profundización del mercado público de valores
colombiano.

Esta alternativa de financiamiento se convierte en una
salida para la consecución de obras de infraestructura y
de equipamiento de los entes locales como plazas de mercado,
plazas de ferias, centrales de abastos, paradores de carga y
pasajeros, entre obras que pueden proveer infraestructura para
los entes locales.

Inversión
extranjera directa

La teoría de la inversión extranjera
directa, sugiere que ese fenómeno se presenta cuando
existen motivos de localización de la producción en
diferentes países y las firmas tienen incentivos de
internacionalización, es decir, estímulos para
mantener control sobre los procesos productivos. Los motivos de
localización se dan al haber diferencias en las dotaciones
y los precios de los factores o al existir costos de
movilización entre países, ya sea por costos de
transporte o por barreras de política al flujo de bienes y
servicios.

La Inversión Extranjera Directa (IED) puede
clasificarse en tres grandes grupos: vertical, horizontal con
productos homogéneos y horizontales con productos
diferenciados.

  • La IED vertical, ocurre cuando el tratamiento de
    elaboración de un producto se puede separar a bajo
    costo en un proceso corporativo y otro productivo,
    concentrando el primero en un país relativamente bien
    dotado de capital, y ubicando al segundo en un país
    con bajos costos de producción.

  • La IED horizontal con productos homogéneos se
    presenta cuando una firma tiene plantas en muchos
    países debido a que los costos de transporte y las
    barreras de política al comercio son lo
    suficientemente altos como para justificar este esquema
    productivo. Esta clase de IED puede darse entre países
    con dotaciones de factores similares.

  • La IED horizontal con productos diferenciados se
    manifiesta cuando hay economías de escala a nivel de
    la producción de una variedad. Esta clase de IED es
    complementaria al comercio internacional al promover los
    flujos de comercio intra-industria.

INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN LA COMUNIDAD
ANDINA DE NACIONES.

Observando cuál ha sido la estrategia para atraer
la inversión extranjera a la comunidad andina debemos
remitirnos a la normatividad establecida por éste. En lo
relativo a sus políticas de inversión, la Comunidad
Andina de Naciones (CAN) ha introducido un régimen
común de inversiones que comenzó prohibiendo la
inversión extranjera directa (IED) en sectores
fundamentales, para evolucionar hasta llegar a su
liberalización.

Entre las medidas proactivas adoptadas por los
países para la promoción de inversiones se
encuentra la mejora de los determinantes económicos
dinámicos de los países anfitriones y un proceso de
facilitación de negocios competitivo a nivel
internacional. Los programas de promoción de inversiones
más activos apuntan a aquellos negocios acordes con la
estrategia general de desarrollo del país. Las agencias de
promoción de inversiones (API) en países exitosos
han tenido una marcada influencia sobre sus políticas (a
fin de planificar en función de necesidades
específicas a la inversión como es el caso de la
mano de obra calificada y la infraestructura), han participado en
importantes actividades de promoción de IED (visitas de
campo, búsqueda de socios, etc.), han apoyado la
facilitación de negocios (ayudando en la obtención
de permisos), y han mantenido una estrategia coherente a
través de largos períodos, mediante el desarrollo
de paquetes de inversión basados en oportunidades
potenciales.

En los últimos años (2002-2006) la IED
captada por la Comunidad Andina, sin considerar la
correspondiente a Venezuela, se ha situado en promedio en los
7.724 millones de dólares anuales, siendo lideradas por
los flujos de inversión externa atraídos por
Colombia y Perú. Aunque se puede señalar que los
flujos de inversión se han mantenido, particularmente en
los sectores de petróleo, gas y
telecomunicaciones.

INVERSIÓN EXTRANJERA EN LA COMUNIDAD ANDINA DE
NACIONES.

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INVERSIÓN EXTRANJERA EN
COLOMBIA.

La inversión extranjera directa, en Colombia en
los últimos años presenta balance positivo para su
economía, producto de un manejo consciente de las
políticas económicas en sectores productivos,
garantizando a los capitales extranjeros los beneficios, legales,
de seguridad y logísticos para quienes quieren
invertir.

De acuerdo con la balanza de pagos, el registro de todas
las entradas y salidas de dólares al país en el
primer semestre, que hace el Banco de la República,
podemos destacar, la importancia de la inversión
extranjera que en un solo semestre ¨ llegó a los 4.109
millones de dólares, con un aumento del 43%, frente al
año 2006 ($ US 2.876 millones), destacándose en
sectores, petrolero, establecimientos financieros, manufacturas,
comercio, restaurantes., entre otros.

De los países que invirtieron, en orden de
importancia en inversión extranjera directa, en el Segundo
Trimestre de 2007, podemos destacar, ¨Estados Unidos ($38%),
Anguila (26%), Francia (11%) Panamá y México (11%).
Es importante precisar algunos sectores donde se adquirieron
empresas como, la compra de la principal del acero,
Acerías paz del Rio, por el grupo Votorantim; y los planes
de expansión y de nuevos lanzamientos de
Hyundai.

Inversión Extranjera por Sectores II trimestre
2007.

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VISIONES SOBRE INVERSIÓN EXTRANJERA EN LA
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES.

Las economías de los países miembros, en
estos momentos se encuentran en una etapa de crecimiento, su
seguridad ha mejorado sustancialmente. Sin duda, estos factores
han propiciado expectativas positivas logrando incremento en la
IED, Sin embargo, es necesario tener en cuenta que en el contexto
internacional hay un boom de IED hacia economías
emergentes y que, de hecho, la participación de
América Latina y el Caribe en este boom de IED han
descendido. Este hecho sugiere que se debe realizar una
combinación de políticas macroeconómicas y
de seguridad internas que permite que el contexto internacional
sea favorable en incremento de la IED en la comunidad andina,
para ello se hace necesario pensar en políticas más
proactivas y focalizadas que cautiven IED.

Las políticas a diseñar deben atraer IED,
mostrando las ventajas comparativas del país y ciertos
aspectos estructurales que generen confiabilidad en el
inversionista extranjero como consolidar un marco jurídico
que facilite la entrada de IED. Las políticas activas
incluyen medidas específicas destinadas a atraer tipos de
inversión que tienen un mayor potencial para traducirse en
externalidades positivas para el país (i.e.
encadenamientos productivos, generación de valor,
conocimientos y empleo, entre otros).

Es importante mencionar el impulso que pueden dar a los
entes locales la IED, y éstos deben ofrecer beneficios,
uno de ellos se ha venido consolidando y en la actualidad la
mayoría de entes locales en Colombia, han elevado a norma
municipal un tratamiento especial en materia tributaria a las
empresas que generen empleo directo, ya sean las que están
establecidas o las que inician labores, por otra parte reciben
beneficios por operaciones de exportación.

Quizás el ejemplo del desarrollo de una
política fiscal clara y precisa hace referencia a los
gobiernos del municipio de Duitama, que en término de por
lo menos 15 años han ofrecido garantías tributarias
a la inversión empresarial, se convierte en un claro
ejemplo de responsabilidad financiera.

Fondos de
cohesión social

La fuente proveniente de los fondos de cohesión
se convierten en otra oportunidad, para acceder a recursos de
países que busquen equilibrar las diferencias sociales,
convirtiéndose un tema esencial en los proceso de
integración, debido a las disparidades que se pueden
generar entre las regiones que los establecen, en el caso de la
Unión Europea (UE), tiene como objetivo en un largo plazo
la reducción de las ayudas concedidas por muchos estados
miembros a sus propias regiones, es evidente que sólo la
Comunidad puede intervenir eficazmente para corregir estos
desequilibrios.

Como principio se deberá revisar constantemente
sus políticas regionales para sacar de ellas el
máximo provecho y asegurar que el crecimiento de las
regiones menos desarrolladas se traduce en la creación de
puestos de trabajo y en la obtención de progresos
duraderos hacia la convergencia económica de Europa. No
obstante, es sabido que, para alcanzar este objetivo, la
Comunidad deberá centrarse a largo plazo en las regiones
más necesitadas y otorgar una importancia primordial a la
lucha contra el paro, la protección del medio ambiente y
la búsqueda de la competitividad.

En el caso de la comunidad andina de naciones,
luego se una serie de reuniones y que se precisaron en la III
Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión
Europea, América Latina y el Caribe, celebrada en
Guadalajara en mayo de 2004, los países participantes,
entre los que se encontraban los andinos, se comprometieron a
trabajar por la cohesión social, siendo una primera
expresión de ese trabajo en la Comunidad Andina es el Plan
Integrado de Desarrollo Social (PIDS) que ya está en
marcha, paralelamente a las acciones encaminadas a diseñar
una estrategia comunitaria de cohesión social.

A partir del PIDS, se está trabajando en el
desarrollo de una estrategia comunitaria de cohesión
social, cuyos probables ejes de acción serían los
siguientes: Superación de asimetrías sociales
(pobreza, exclusión e inequidad); Superación de las
grandes asimetrías territoriales al interior de la CAN;
Superación de la debilidad institucional y del ejercicio
de la ciudadanía; Superación de la
discriminación y la conflictividad interétnica;
Creación de un Fondo Social Andino; Fondo social y el
fondo Humanitario Social.

La propuesta de creación de la Red andina (la
cual se constituirá próximamente) en la que se
detallan objetivos, funciones, estructura y componentes, fue
presentada en el seminario subregional andino, Hacia una
estrategia comunitaria de cohesión social y la
constitución de un fondo social andino.

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL
PIDS

El PIDS contiene un conjunto de propuestas, presentadas
como perfiles de proyectos, cuyo fundamento son los objetivos de
las cumbres sociales de Copenhague y del Milenio. Sin embargo, no
atiende adecuadamente a todos los Objetivos de Desarrollo del
Milenio de la ONU (ODM), por ejemplo, las propuestas para
promover la equidad de género son débiles e
insuficientes y, por otra parte, implícitamente propone un
conjunto de objetivos que van más allá de lo
previsto en los ODM (por ejemplo: calidad de la
educación). Como fundamento para la definición de
una estrategia comunitaria andina de cohesión social,
entonces, las prioridades señaladas en el PIDS son, por
una parte, insuficientes y, por otra, van más allá
y son más ambiciosas de lo que proponen las cumbres
sociales mundiales.

Una segunda característica del PIDS es el enfoque
integral para acometer los desafíos de la pobreza, la
exclusión y la inequidad social. Parte de la premisa de
que esos son fenómenos multi causales y que, por tanto,
una estrategia para enfrentarlos no puede ser sectorial sino
integrada. La conformación de los comités
nacionales del PIDS en los que, como se apuntó, participan
entidades responsables de todas las políticas sociales y
de desarrollo, deberá servir para reforzar esa
característica del PIDS en su puesta misma en
ejecución. Es de fundamental importancia, por tanto, que
los comités nacionales continúen activos, que se
aprovechen adecuadamente las ventajas derivadas de su
integración interinstitucional y que participen en ellos
los sectores más representativos de la sociedad civil y
académica en cada país miembro.

Una tercera característica del PIDS, importante
de destacar, es que, salvo contadas excepciones, fundamentalmente
el Plan Andino de Salud en las Fronteras (PASAFRO) y algunas
otras acciones que se definan para zonas fronterizas, sus
proyectos no lo son de acción directa. Ello responde al
principio de subsidiariedad ya señalado en la DEC 553 como
uno de los criterios rectores del PIDS, como consecuencia del
cual las iniciativas de alcance comunitario deben añadir
valor a las políticas sociales nacionales mediante
acciones de cooperación, intercambio y coordinación
entre los países miembros, pero de ninguna manera pueden
pretender suplantarlas.

En cuarto lugar hay que señalar que la mayor
parte de los proyectos del PIDS tienen como propósito, de
manera explícita o no, contribuir a la convergencia de las
políticas públicas en los ámbitos que toca:
el fomento al empleo digno, derechos fundamentales de los
trabajadores, la educación y la cultura, la salud y la
nutrición, el desarrollo rural, la seguridad alimentaria,
la gestión de los recursos hídricos y el
aprovechamiento sustentable de los recursos de la biodiversidad
entre otros.

Un quinto aspecto que tiene relación directa con
los dos anteriormente señalados, es el proyecto del PIDS
para armonizar los indicadores sociales de los cinco
países andinos. La elaboración de un sistema
integrado de indicadores sociales de la CAN (SIISCAN), se
encuentra ya en proceso, y será sin duda uno de los
instrumentos más importantes para impulsar la convergencia
de las políticas sociales nacionales. Permitirá a
los países miembros, además, efectuar el
seguimiento comunitario de los ODM y demás objetivos y
metas sociales compartidos, con base en indicadores formulados
conjuntamente, con criterios comunes y, por tanto, compatibles y
comparables entre sí.

Por último, es también importante
señalar que el PIDS es un instrumento idóneo para
instrumentar acciones de cooperación y convergencia en
materia social con los demás países miembros de la
Comunidad Sudamericana de Naciones actualmente en vías de
concreción. En junio2005, la Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social del Perú, a la sazón Presidenta
pro témpore del Consejo Andino de Ministros de Desarrollo
Social de la Comunidad Andina (CADS), propuso a la VIII
Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social
del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), cooperar en el
desarrollo de una agenda social común en el marco de la
Comunidad Sudamericana de Naciones.

Búsqueda
de lo social bajo la perspectiva de la alternativa bolivariana
para las Américas (
ALBA)

Bajo la perspectiva del ALBA, se convierte en el querer
de los mandatarios que la componen el ámbito social y en
ella consideran que la pobreza, la inequidad y la
exclusión social han alcanzado en el hemisferio niveles
sin precedentes, afectando el desarrollo y sostenimiento de
numerosos países, lo que a su vez se ha traducido en
incremento de los niveles de desnutrición, analfabetismo,
propagación de enfermedades y en general, de un deterioro
económico, social y moral de nuestras
sociedades.

Uno de los aspectos importantes que persigue el ALBA, es
poder irradiar integración no sólo en lo
económico, sino promover los social, es por ello, que
deciden buscar, desde esa perspectiva, la cohesión social,
a través de la integración, aunque, en éstos
momentos tan sólo obsculta el pensar y algunas acciones de
manera independiente, por parte de países que buscan
irradiar estrategias para disminuir la pobreza, como principio
rector de la alternativa.

Este proceso de integración está dirigido
por una serie de principios rectores en lo social, forma de
tratar de exponer el ideario que guía este proceso de
integración, uno de ellos va dirigido a la propuesta de
atención en la lucha contra la pobreza y la
exclusión social, todas las personas tienen derecho a
recibir protección integral del Estado, especialmente
quienes que se encuentren en las siguientes situaciones: Tercera
edad, · Con discapacidad, Desempleo, Orfandad,
Desplazamiento forzado, · Violencia, · Hambre.
(Establecido en la carta social, para las Américas,
Pág. 5 Art.33).

Los recursos se deben obtener de un fondo social que
deben aportar los diferentes países según su
condición y de los préstamos del Banco del Sur, que
tiene su principal objetivos en lo social, además los
gobiernos de cada nación están comprometidos al
igual que empresas estatales productoras de Energía
intervendrán activamente en los procesos sociales
según los planteado en los desafíos para los
pueblos.

COOPERACIÓN FINANCIERA
INTERNACIONAL

América latina y el Caribe proporcional
indudablemente el mejor ejemplo de una red bien desarrollada de
unas instituciones financieras subregionales, constituidas por
las tres importantes entidades. La Corporación Andina de
Fomento (CAF), El banco Centroamericano y del Caribe (BCEI), y EL
Banco de Desarrollo del Caribe (BDC). Estas Instituciones fueron
creadas en los años sesenta con el propósito de
respaldar los procesos de integración subregional
correspondiente y prestan esencial servicio al los países
pequeños y medianos de la región.

COOPERACIÓN MULTILATERAL

En la era de la globalización, las cuestiones
relativas al desarrollo son cada vez más complejas. La
pobreza o la degradación del medio ambiente son graves
problemas que no conocen fronteras. Todos los países,
pueblos y organizaciones están llamados a dar prueba de
solidaridad. Dentro de esta óptica la cooperación
multilateral desempeña un papel primordial, dado que
permite aunar los esfuerzos de los donantes individuales y
coordinar mejor las actividades a nivel
político.

En este tipo de cooperación las fuentes
multilaterales son los organismos internacionales en los cuales
participan varios países con intereses determinados de
carácter político, regional o sectorial. Estos
organismos multilaterales otorgan o ejecutan cooperación
con sus propios recursos o con fondos entregados por los
países miembros para programas concretos.

Un organismo que se ha preocupado durante muchos
años por la cooperación internacional es el
Multilateral Organisations Performance Assessment Network
(MOPAN), por ello me permito referirme sin desconocer los
anteriores que han servido en muchos programas como el campo de
la educación donde han aportado recursos a sectores
desprotegidos y de extrema pobreza, con el programa de
Mejoramiento de la Calidad de Vida y Pertenencia educativa para
poblaciones diversas y en Condición de Vulnerabilidad
propiciado por ACNUR, con un monto de ciento noventa millones de
pesos, con aplicabilidad en varias localidades del choco y de
Nariño, entre otros municipios. Las delegaciones suizas
pueden participar en la definición de las actividades de
estas instituciones ejerciendo su derecho de voto o de
elección y pronunciándose en el seno de sus
órganos de dirección o de control. Al lado de este
compromiso en el nivel más elevado, Suiza está
igualmente presente en la vida cotidiana de las instituciones
multilaterales y participa activamente en los trabajos de los
diferentes grupos de trabajo y redes, especialmente en el seno
del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD). En el plano
multilateral, Suiza representa diferentes posiciones, dado que
interviene para defender no solamente sus propios intereses sino
también los de sus países contraparte.

En su calidad de miembro de diversas instituciones,
Suiza está en la posibilidad de aportar en los debates su
gran experiencia en las políticas de desarrollo y de
contribuir con ideas innovadoras a la búsqueda de
soluciones. De este modo, Suiza ha participado activamente los
últimos años en la elaboración de soluciones
innovadoras que han encontrado un vasto eco en la escena
internacional, sobre todo en lo que concierne a la
política de reducción del endeudamiento, a la
coordinación de diferentes sectores políticos y a
la concentración de los recursos nacionales.

REDES DE CIUDADES

Otros aspecto que las entidades locales pueden
aprovechar son las que ofrece la fase de integración
Regional, expuesto por Odonne (2008), en las redes de ciudades un
nuevo contexto nacional e internacional, capaz de generar desde
el ámbito local verdaderos procesos de cambio por
intermedio de sus planes y acciones entrelazados con el nacional,
que busca ejecutar o proponer a las instancias nacionales
respuestas precisas a las problemáticas presentadas en los
niveles nacionales y abrogados al ámbito local.

Las ciudades, como actores subnacionales, encuentran una
nueva realidad de integración en la cual pueden
desarrollar sus potencialidades, estableciendo a partir de la
participación y asociación en redes la posibilidad
de alcanzar nuevos objetivos y dar respuesta a
problemáticas específicas dadas.

Su campo de acción se circunscribe al incremento
en el precio de los predios beneficiados con la acción
urbanística o la ejecución de la obra
pública se determinará por la diferencia

de precios del metro cuadrado vigente antes y
después de la acción urbanística. La
diferencia entre el precio comercial del suelo de un predio,
después del hecho generador y antes de él,
constituye la base gravable de la participación en
plusvalía.

En Colombia el ente autorizado para determinar dicha
acción es el Instituto Geográfico

Agustín Codazzi o los peritos técnicos
debidamente inscritos en las Lonjas e Instituciones
análogas, establecerán los precios comerciales por
metro cuadrado de los terrenos para cada una de las zonas
beneficiarias, teniendo en cuenta su situación anterior a
la acción o acciones urbanísticas generadoras de la
plusvalía y determinarán el nuevo precio de
referencia, es decir, el precio de referencia después del
hecho generador.

Estas dos herramientas, que la normatividad les ofrece,
su dinamismo muy escaso. El distrito capital, es un ejemplo de
aplicabilidad, siguiendo, Medellín, Cali, Neiva,
Ibagué,

Barranquilla, otras capitales de departamentos empiezan
a su implementación para atender su programa de
infraestructura muy requeridos para atenderlos en un mundo cada
vez más globalizado.

ANEXO 2.

Constituciones
latinoamericanas

EN BRASIL

Se sustenta en el Artículo 239. El resultado de
la recaudación de las contribuciones al Programa de
Integración Social, establecido por la Ley Complementaria
N º 7, 7 de septiembre de 1970, y el Programa de
Capacitación para el Patrimonio de servicio
público, modificado por la Ley Complementaria N º 8
de 3 de diciembre de 1970, que garantiza que a partir de la
promulgación de esta Constitución, que se
financiarán en virtud de la cual la ley exige, el programa
de seguro de desempleo, y subsidios a que se refiere el apartado
3.

En los parágrafos de este artículo,
determinan los recursos a destinaran a financiar a los programas
para el desarrollo económico, a través del Banco
Nacional de Desarrollo Económico y Social, buscando
equidad y dichas fuentes deben ser por lo menos un 45% bajo el
precepto Constitucional de 1988, le entrega la competencia a los
entes locales con la capacidad de recaudo y propiedad de tributos
e ingresos, para financiar los diferentes programas (Art. 30),
mediante los programas de inversión
plurianuales.

EN ECUADOR

El régimen de desarrollo es el conjunto
organizado, sostenible y dinámico de los sistemas
económicos, políticos, socio-culturales y
ambientales, que garantizan la realización del buen vivir.
El Estado planificará el desarrollo del país para
garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de
los objetivos del régimen de desarrollo y los principios
consagrados en la Constitución. La planificación
propiciará la equidad social y territorial,
promoverá la concertación, y será
participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente. El
buen vivir requerirá que las personas, comunidades,
pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y
ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad,
del respeto a sus diversidades, y de la convivencia
armónica con la naturaleza.

EI Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que
se sujetarán las políticas, programas y proyectos
públicos; la programación y ejecución del
presupuesto del Estado; y la inversión y la
asignación de los recursos públicos; y coordinar
las competencias exclusivas entre el Estado central y los
gobiernos autónomos descentralizados.

EN EL SALVADOR

Corresponde al Consejo de Ministros elaborar un plan
general del Gobierno elaborar el proyecto de presupuesto (Art.
167. C.N 1983). Los fondos municipales no se podrán
centralizar en el Fondo General del Estado, ni emplearse sino en
servicios y para provecho de los Municipios. Para garantizar el
desarrollo y la autonomía económica de los
Municipios, se creará un fondo para el desarrollo
económico y social de los mismos.

Los Concejos Municipales administrarán el
patrimonio de sus Municipios y rendirán cuenta
circunstanciada y documentada de su administración a la
Corte de Cuentas de la República. La ejecución del
Presupuesto será fiscalizada a posteriori por la Corte de
Cuentas de la República, de acuerdo a la ley.

EN GUATEMALA

Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural. Para la
organización y coordinación de la
administración pública, se crea el Consejo Nacional
de 174 Desarrollo Urbano y Rural coordinado por el Presidente de
la República e integrado en la forma que la ley
establezca. Este Consejo tendrá a su cargo la
formulación de las políticas de desarrollo urbano y
rural, así como la de ordenamiento territorial.

EN HONDURAS

El Estado promueve el desarrollo económico y
social, que estará sujeto a una planificación
adecuada. La ley regulará el sistema y proceso de
planificación con la participación de los poderes
del Estado y las organizaciones políticas,
económicas y sociales, debidamente
representadas.

EN MÉXICO

Corresponde al estado la rectoría del desarrollo
nacional para garantizar que este sea integral, que fortalezca la
soberanía de la nación y su régimen
democrático y que, mediante el fomento del crecimiento
económico y el empleo y una justa distribución del
ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y
la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya
seguridad protege esta constitución. El Estado planeara,
conducirá, coordinara y orientara la actividad
económica nacional, y llevara al cabo la regulación
y fomento de las actividades que demande el interés
general en el marco de libertades que otorga esta
Constitución.

El sector público tendrá a su cargo, de
manera exclusiva, las áreas estratégicas que se
señalan en el, Artículo 28 párrafo cuarto de
la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal
la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se
establezcan.

La ley establecerá los mecanismos que faciliten
la organización y la expansión de la actividad
económica del sector social. Las organizaciones de
trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan
mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de
todas las formas de organización social para la
producción, distribución y consumo de bienes y
servicios socialmente necesarios.

La ley alentara y protegerá la actividad
económica que realicen los particulares y proveerá
las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado
contribuya al desarrollo económico nacional, en los
términos que establece esta
constitución.

La ley facultara al ejecutivo para que establezca los
procedimientos de participación y consulta popular en el
sistema nacional de planeación democrática, y los
criterios para la formulación, instrumentación,
control y evaluación del plan y los programas de
desarrollo. Asimismo determinara los órganos responsables
del proceso de planeación y las bases para que el
ejecutivo federal coordine mediante convenios con los gobiernos
de las entidades176federativas e induzca y concierte con los
particulares las acciones a realizar para su elaboración y
ejecución. En el sistema de planeación
democrática, el Congreso de la Unión tendrá
la intervención que señale la ley.

EN PANAMÁ

El ejercicio de las actividades económicas
corresponde primordialmente a los particulares, pero el Estado
las orientará, dirigirá, reglamentará,
reemplazará o creará, según las necesidades
sociales y dentro de las normas del presente Título, con
el fin de acrecentar la riqueza nacional y de asegurar sus
beneficios para el mayor número posible de los habitantes
del país. El Estado planificará el desarrollo
económico y social, mediante organismos o departamentos
especializados cuya organización y funcionamiento
determinará la Ley.

EN REPÚBLICA DOMINICANA

Es de supremo y permanente interés nacional el
desarrollo económico y social del territorio de la
República a lo largo de la línea fronteriza,
así como la difusión en el mismo de la cultura y la
tradición religiosa del pueblo dominicano.

EN URUGUAY

Habrá una Oficina de Planeamiento y Presupuesto
que dependerá directamente de la Presidencia de la
República. Estará dirigida por una Comisión
integrada con representantes de los Ministros vinculados al
desarrollo y por un Director designado por el Presidente de la
República que la presidirá. El Director
deberá reunir las condiciones necesarias para ser Ministro
y ser persona de reconocida competencia en la materia. Su cargo
será de particular confianza del Presidente de la
República.

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto se
comunicará directamente con los Ministerios y Organismos
Públicos para el cumplimiento de sus funciones.
Formará Comisiones Sectoriales en las que deberán
estar representados los trabajadores y las empresas
públicas y privadas.

EN VENEZUELA

El régimen socioeconómico de la
República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los
principios de justicia social, democratización,
eficiencia, libre competencia, protección del ambiente,
productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el
desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa
para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa
privada promoverá el desarrollo armónico de la
economía nacional con el fin de generar fuentes de
trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de
la población y fortalecer la soberanía
económica del país, garantizando la seguridad
jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia
y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar
una justa distribución de la riqueza mediante una
planificación estratégica democrática
participativa y de consulta abierta.

BOLIVIA

La función del Estado en la economía
consiste en: Conducir el proceso de planificación
económica y social, con participación y consulta
ciudadana. La ley establecerá un sistema de
planificación integral estatal, que incorporará a
todas las entidades territoriales. El Estado garantizará
la creación, organización y funcionamiento de una
entidad de planificación participativa que incluya a
representantes de las instituciones públicas y de la
sociedad civil organizada.

PERU

La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una
economía social de mercado. Bajo este régimen, el
Estado orienta el desarrollo del país, y actúa
principalmente en las áreas de promoción de empleo,
salud, educación, seguridad, servicios públicos e
infraestructura.

EN COLOMBIA

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado
por una parte general y un plan de inversiones de las entidades
públicas del orden nacional. En la parte general se
señalarán los propósitos y objetivos
nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la
acción estatal a mediano plazo y las estrategias y
orientaciones generales de la política económica,
social y ambiental que serán adoptadas por el
Gobierno.

Las entidades territoriales elaborarán y
adoptarán de manera concertada entre ellas y el Gobierno
nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso
eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las
funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución
y la ley. Los miembros del Consejo Nacional serán
destinados por el Presidente de la República de listas que
le presenten las autoridades y las organizaciones de las
entidades y sectores a que se refiere el inciso anterior, quienes
deberán estar o haber estado vinculados a dichas
actividades.

La entidad nacional de planeación que
señale la ley, tendrá a su cargo el diseño y
la organización de los sistemas de evaluación de
gestión y resultados de la administración
pública, tanto en lo relacionado con políticas como
con proyectos de inversión en las condiciones que ella
determine. Los respectivos presupuestos en cada país son
preparados por los diferentes órganos del estado ejecutivo
y sometido a los entes legislativos para su aprobación,
según sus normas presupuéstales que indican la
manera como se ejecutar los planes de desarrollo mediante el
instrumento denominados presupuestos.

ANEXO 3.

Normas legales
presupuéstales latinoamericanas

BRASIL

A iniciativa del poder ejecutivo, las directrices
presupuéstales, el plan anual de inversiones y los
presupuestos anuales. El presupuesto anual de la ley
incluyen:

  • 1. El presupuesto que cubre el fiscal poderes
    de la Unión, sus fondos, organismos y entidades de la
    administración directa e indirecta, incluidas las
    fundaciones instituidas y mantenidas por la autoridad
    pública.

  • 2. El presupuesto de inversión de las
    empresas en la Unión Europea, directa o
    indirectamente, posea la mayoría de acciones con
    derecho a voto.

  • 3. El presupuesto de seguridad social, que
    abarca todas las entidades y organismos vinculados a ella,
    directa o indirecta, la administración, así
    como los fondos y las fundaciones instituidas y mantenidas
    por el público.

CHILE

El proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser
presentado por el Presidente de la República al Congreso
Nacional, a lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en
que debe empezar a regir; y si el Congreso no lo despachare
dentro de los sesenta días contados desde su
presentación, regirá el proyecto presentado por el
Presidente de la República.

La estimación del rendimiento de los recursos que
consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca
cualquiera otra iniciativa de ley, corresponderá
exclusivamente al Presidente, previo informe de los organismos
técnicos respectivos.

COSTA RICA

La preparación del proyecto ordinario corresponde
al Poder Ejecutivo por medio de un Departamento especializado en
la materia, cuyo jefe será de nombramiento del Presidente
de la República, para un período de seis
años. Este Departamento tendrá autoridad para
reducir o suprimir cualquiera de las partidas que figuren en los
anteproyectos formulados por los Ministerios de Gobierno,
Asamblea Legislativa, Corte Suprema de Justicia y Tribunal
Supremo de Elecciones.

En el proyecto se le asignará al Poder Judicial
una suma no menor del seis por ciento de los ingresos ordinarios
calculados para el año económico. Sin embargo,
cuando esta suma resultare superior a la requerida para cubrir
las necesidades fundamentales presupuestas por ese Poder, el
Departamento mencionado incluirá la diferencia como
exceso, con un plan de inversión adicional, para que la
Asamblea Legislativa determine lo que corresponda.

Para lograr la universalización de los seguros
sociales y garantizar cumplidamente el pago de la
contribución del Estado como tal y como patrono, se
crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social
rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las
necesidades actuales y futuras de la
Institución.

ECUADOR

Orientación. El presupuesto del Gobierno Nacional
se orientará a la prestación, de los servicios
públicos, al cumplimiento de los objetivos prioritarios de
los planes de desarrollo y a la satisfacción de los
propósitos y metas de naturaleza social y económica
prevista, expresada en los planes operativos anuales, el plan
financiero y otros instrumentos de política
económica.

Sectores y proyectos prioritarios. La Junta de
Planificación, a base de los planes de desarrollo
vigentes, determinará para cada período los
sectores prioritarios y los proyectos y programas
específicos de los mismos, que a su juicio deban incluirse
en el presupuesto para alcanzar los objetivos regionales y
sectoriales de desarrollo económico social.

El objetivo del sistema presupuestal es dado en la norma
cuando expresa que la finalidad primordial del sistema es
establecer en cada entidad y organismo del sector público,
métodos y procedimientos de administración
presupuestaria aptos para alcanzar los objetivos y metas de los
planes de desarrollo, con la integración y mejor
utilización de los recursos humanos, materiales y
financieros.

BOLIVIA

En materia de procedimiento se tiene dos estadios
correlacionados para el cumplimiento de las metas
presupuéstales y el desarrollo del plan:

  • a. Nivel Central (Normativo), a cargo de la
    Secretaria Nacional de Hacienda que, por delegación
    del Ministro de Hacienda, actúa como Órgano
    Rector del Sistema, y de la Subsecretaría de
    Presupuesto que actúa como Órgano Operativo y
    Coordinador facultados para definir metodologías y
    procedimientos y las características técnicas
    del desarrollo del Sistema.

  • b. Nivel Descentralización (Operativo),
    constituido por todas las instituciones públicas a
    través de sus unidades técnicas presupuestarias
    y dependencias operativas, con responsabilidades para
    programar y administrar sus presupuestos.

PERÚ

La Gestión Presupuestaria de los Gobiernos
Locales, es un conjunto de fases sucesivas que determinan su
capacidad para lograr los Objetivos Institucionales, mediante el
cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas para un
determinado año fiscal, aplicando los criterios de
eficiencia, eficacia y desempeño. Es la Dirección
Nacional del Presupuesto Público la más alta
autoridad técnico-normativa en materia presupuestal y es
la que regula mediante disposiciones normativas el Sistema
Nacional del Presupuesto, entre ellos el proceso presupuestario
de los gobiernos locales.

VENEZUELA

Los entes a que se refiere este Título se
regirán por las Disposiciones técnicas que
establezcan la Oficina Central de Presupuesto. A los fines de
información, las leyes y ordenanzas de presupuesto de los
Estados y Municipios, en los sesenta (60) días siguientes
a su aprobación, se remitirán, a través del
Ministerio de Relaciones Interiores y de Justicia, a la Asamblea
Nacional, a la Oficina Central de Presupuesto y al Ministerio de
planificación y Desarrollo. Igualmente, en los treinta
(30) días siguientes al fin de cada trimestre, se
remitirá información de la respectiva
gestión presupuestaria. Los presupuestos públicos
expresan los planes nacionales, regionales y locales, elaborados
dentro de las líneas generales del plan de desarrollo
económico y social de la Nación aprobadas por la
Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del
sector público, captar y asignar recursos conducentes al
cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social
e institucional del país; y se ajustarán a las
reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley
del marco plurianual del presupuesto.

En COLOMBIA

El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto
de Rentas y la Ley de Apropiaciones que deberá
corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y los
presentará al Congreso, dentro de los primeros diez
días de cada legislatura. En la Ley de Apropiaciones no
podrá incluirse partida alguna que no corresponda un
crédito judicialmente reconocido, o a un gasto decretado
conforme a ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para
atender debidamente el funcionamiento de las ramas del poder
público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar
cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo.

El proyecto de Ley de Apropiaciones deberá
contener la totalidad de los gastos que el Estado pretenda
realizar durante la vigencia fiscal respectiva. Si los ingresos
legalmente autorizados no fueren suficientes para atender los
gastos proyectados, el Gobierno propondrá, por separado,
ante las mismas comisiones que estudien el proyecto de ley del
presupuesto, la creación de nuevas rentas o la
modificación de las s existentes para financiar el monto
de gastos contemplados.

El Presupuesto podrá aprobarse sin que se hubiere
perfeccionado el proyecto de ley referente a los recursos
adicionales, cuyo trámite podrá continuar su curso
en el período legislativo siguiente. Si el Congreso no
expidiere el presupuesto, regirá el presentado por el
Gobierno dentro de los términos del artículo
precedente; si el Presupuesto no hubiere sido presentado dentro
de dicho plazo, regirá el del año anterior, pero el
Gobierno podrá reducir gastos, y, en consecuencia,
suprimir o refundir empleos, cuando así lo aconsejen los
cálculos de rentas del nuevo ejercicio.

Durante los tres primeros meses de cada legislatura, y
estrictamente de acuerdo con las reglas de la Ley
Orgánica, el Congreso discutirá y expedirá
el Presupuesto General de Rentas y Ley de
apropiaciones.

Artículo 350. La Ley de apropiaciones
deberá tener un componente denominado gasto público
social que agrupará las partidas de tal naturaleza,
según definición hecha por la ley orgánica
respectiva. Excepto en los casos de guerra exterior o por razones
de seguridad nacional, el gasto público social
tendrá prioridad sobre cualquier otra
asignación.

En la distribución territorial del gasto
público social se tendrá en cuenta el número
de personas con necesidades básicas insatisfechas, la
población, y la eficiencia fiscal y administrativa,
según reglamentación que hará la ley. Lo
demás de lo señalado en esta Constitución,
la Ley Orgánica del Presupuesto regulará lo
correspondiente a la programación, aprobación,
modificación, ejecución de los presupuestos de la
Nación, de entidades territoriales y de los entes
descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su
coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo,
así como también la capacidad de los organismos y
entidades estatales para contratar.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
POLITÉCNICA

"ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA
INDUSTRIAL

INGENIERÍA
FINANCIERA

Monografias.com

OPORTUNIDADES DE FINANCIAMIENTO PARA
EL

SIGLO XXI

 

Enviado por:

PROFESOR:

MSc. Ing. Iván Turmero

 

 

Autor:

Aristigueta Ricardo

Ascanio Ramón

Cassiani Mario

Marchán Jenny

Martínez
José

Montero Katherine

Parra Richard

CIUDAD GUAYANA, FEBRERO DE 2012

Partes: 1, 2
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